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Fraude digital por promoción de bienes y servicios

Actualizado: 29 oct 2020


La situación por la que atraviesa nuestro país derivado del COVID-19 ha generado el incremento en la oferta de bienes y servicios por medio de las redes sociales, sin embargo, no todo lo que circula y se promociona suele ser verdad, debiéndose cotejar la veracidad de la información para evitar ser víctimas de alguna estafa o de publicidad engañosa, que se advierten en al artículo 32, de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


La identidad de quienes ofrecen productos y servicios por medio de las redes sociales de manera directa o por la publicidad que nos es dirigida, debe ser corroborada en todo momento por el interesado con el fin de minimizar el riesgo a ser defraudado. Por lo que recomendamos implementar medidas que permitan identificar a las partes involucradas, tanto al que las ofrece, como al que pretende adquirirlas.

La creación de usuarios falsos, empresas inexistentes y la suplantación de identidad puede darse en cualquiera de los dos lados de la relación contractual. En redes sociales circulan fotos y noticias falsas de empresarios reconocidos en el país a manera de publicidad, con el fin de captar la atención del público y envolverlo en algún fraude, entre otros métodos de engaño.

En días pasados, hemos estado en constante apoyo y seguimiento ante inminentes casos de fraude por suplantación de identidad y uso indebido de marcas, en los que, diferentes personas aprovechándose de la situación actual, pretendían engañar a empresas proveedoras de determinados bienes, fingiendo estar interesados en adquirir los productos que ofrecen, solicitando mercancía en calidad de urgencia, para luego desaparecer sin pagar lo que se pudiera recibir, y así beneficiarse dolosamente. No obstante, dichos actos ilícitos fueron detectados a tiempo, gracias al cotejo de información y las “políticas generales de identificación al cliente”, por lo que no llegaron a consumarse.

Con base en lo anterior, emitimos algunos puntos que pueden ser considerados para mitigar el riesgo:


  • Cuidar la información personal que compartimos en las redes sociales o medios tecnológicos.

  • Evitar publicar información confidencial o financiera de las empresas en las que se colabora o se es dueño o socio.

  • Revisar los avisos de privacidad, términos y condiciones de las páginas web o apps que ofrecen productos y servicios para cerciorarse de su legal existencia, en donde deberá de aparecer el nombre de la empresa, su domicilio y datos de contacto, para que puedan ser corroborados.

  • Distinguir entre una marca y el nombre de la empresa (denominación o razón social), para evitar confusiones.

  • Consultar inmediatamente con los asesores de cabecera, externos confiables y/o personas cercanas que conozcan del tema, para que puedan brindar su opinión profesional, y en su caso, realizar el análisis rápido o detallado de la existencia y temporalidad de la sociedad (empresa) en las fuentes de accesos público, así como la validación de la identificación oficial con la que se ostentan, la confiabilidad del sitio web o app, la forma de contratación y la revisión de la existencia de la marca.

  • Usar solo sitios o páginas web HTTPS, cuya representación visual es un candado verde en la barra de direcciones; esta es la versión segura del HTTP y garantiza la validación de dominio, certificados de seguridad y ciertos niveles de encriptación.

  • Revisar los comentarios en línea de otros clientes/proveedores sobre la calidad, veracidad, precio y demás conceptos de quien compra o vende.

  • Usar un antivirus institucional e integral que contenga un site advisor y un firewall.

Recomendamos a nuestros clientes ser cautelosos con las políticas de identificación de los clientes y tomar siempre las medidas necesarias para el cotejo de la información de los ofertantes de bienes y servicios o de las personas que deseen adquirirlos.




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